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Keiko prolonga la emergencia en cinco penales: su propio decreto reconoce que persisten fallas de control

Challapalca, Cochamarca, Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones siguen bajo el régimen excepcional. La norma reconoce vulnerabilidades y exige un balance policial al finalizar la prórroga.

Por Jesus Prospero

Composición referencial de Keiko Fujimori y el Palacio de Gobierno; no registra una declaración sobre los penales.
Composición referencial de Keiko Fujimori y el Palacio de Gobierno; no registra una declaración sobre los penales. Fotomontaje editorial con IA, basado en fotografías reales (referencial). Referencias: Ministerio de la Producción, dominio público; Diego Delso / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0. Composición CC BY-SA 4.0, exportada a 3840 × 2160.

Desde este jueves 5 de noviembre, cinco penales continúan en emergencia por otros 60 días. El gobierno de Keiko Fujimori prolonga una medida excepcional cuyo propio sustento admite que los controles siguen siendo vulnerables.

El Decreto Supremo 148-2026-PCM, publicado el 3 de noviembre, reconoce que persisten problemas de seguridad pese a las incautaciones efectuadas durante el periodo anterior. El documento cita un balance policial que incluye 60 armas blancas, 28 celulares y siete routers.

Cinco penales y sus alrededores

La prórroga comprende Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones. También abarca un radio exterior de 200 metros, según confirmó El Peruano.

Los cinco penales incluidos en la prórroga
Elaboración propia con datos del DS 148-2026-PCM, artículos 1 y 2. No es una fotografía ni un documento oficial.

La PNP mantiene el control del orden interno con apoyo militar; el INPE conserva la administración y custodia. Se prevén controles de acceso, requisas y acciones de inteligencia para impedir fugas y actividades delictivas.

La excepción tiene límites

Las restricciones de tránsito, reunión y libertad personal alcanzan a quienes ingresen o circulen por el perímetro señalado. Para los internos, la norma preserva los derechos a la vida, integridad, salud, defensa y debido proceso.

Responsabilidades institucionales durante la emergencia
Elaboración propia con datos del DS 148-2026-PCM, artículos 3, 4 y 5. Resumen informativo.

La PNP deberá entregar al ministro del Interior un informe de resultados dentro de los cinco días hábiles posteriores al término de la prórroga. Ese balance permitirá contrastar la nueva extensión con sus resultados, más allá del anuncio de operativos.

Fuentes: Decreto Supremo 148-2026-PCM · El Peruano, 3 de noviembre.

Imágenes: portada referencial editada con IA a partir de fotografías reales de Keiko (Ministerio de la Producción, dominio público) y del Palacio de Gobierno de Diego Delso. Montaje distribuido bajo CC BY-SA 4.0. Los gráficos son propios y sintetizan el decreto; no representan escenas dentro de las cárceles.

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